El TSJA rechaza paralizar las zonas tensionadas de Cimavilla y La Arena en Gijón
El tribunal deniega la medida cautelar pedida por el Ayuntamiento y mantiene en vigor la declaración del Principado mientras se resuelve el recurso.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha rechazado la medida cautelar que solicitaba el Ayuntamiento de Gijón para dejar en suspenso la declaración de los barrios de Cimavilla y La Arena como zonas de mercado residencial tensionado. La decisión, conocida este viernes, implica que la resolución de la Consejería de Vivienda del Principado sigue plenamente vigente mientras el tribunal no se pronuncie sobre el fondo del recurso. La información fue adelantada por El Comercio.
Qué había pedido el Ayuntamiento
El consistorio gijonés presentó a finales de julio un recurso contencioso-administrativo contra la resolución autonómica y, junto a él, una petición de medidas cautelares. El objetivo era que la declaración no pudiera aplicarse hasta que la Justicia determinase si se ajusta a derecho, es decir, una paralización inmediata de sus efectos sobre los dos barrios afectados.
En su escrito, el Ayuntamiento sostenía que la decisión del Gobierno autonómico suponía una injerencia en el ámbito competencial municipal. Citaba en concreto tres terrenos que considera propios: la política de vivienda, el planeamiento urbanístico y la potestad tributaria, esta última por la incidencia que la medida podría tener en la recaudación vinculada al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
Los argumentos del tribunal
El TSJA no comparte ese planteamiento en esta fase del procedimiento. En su resolución señala que la decisión impugnada «se asienta sobre competencias propias del Principado atribuidas por la conjunción de los artículos 148 y 149 de la Constitución», y subraya que la Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda, habilita expresamente a las administraciones con competencias en la materia para declarar zonas tensionadas.
La sala concluye que «no apreciamos que se cumplan en el supuesto presente los requisitos exigidos legal y jurisprudencialmente para la adopción de una medida cautelar». Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días ante la propia sala.
Qué cambia y a quién afecta
La denegación de la cautelar no resuelve el pleito de fondo: el recurso del Ayuntamiento sigue su curso y será más adelante cuando el tribunal decida si la declaración autonómica es o no conforme a derecho. Lo que sí supone es que, entretanto, las limitaciones asociadas a la figura de zona tensionada continúan aplicándose en los dos barrios señalados.
La declaración de zona de mercado residencial tensionado es el instrumento previsto en la ley estatal de vivienda para contener los precios del alquiler en ámbitos donde se considera que el esfuerzo económico de los hogares resulta desproporcionado o donde los precios han crecido muy por encima de la media. Su aplicación afecta sobre todo a los contratos de arrendamiento nuevos y a los grandes tenedores de vivienda.
Cimavilla, el barrio histórico de Gijón, y La Arena, una de las zonas residenciales más densas de la ciudad, fueron los dos ámbitos elegidos por el Principado en su resolución. La Arena es también escenario estos meses de obras de renovación en la calle Emilio Tuya, dentro de los trabajos municipales en la zona.
El choque entre el Ayuntamiento y el Gobierno regional por esta declaración se suma a otros frentes abiertos entre ambas administraciones y sitúa la política de vivienda como uno de los asuntos con mayor recorrido político y judicial en la ciudad. La discrepancia de fondo es competencial: quién decide, y con qué límites, sobre el mercado del alquiler en un municipio concreto.
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Elaborado a partir de información publicada por El Comercio Portada · Fuente primaria: documento original