Asturias renueva la norma de apartamentos turísticos vigente desde 1986
El Principado somete a información pública 20 días hábiles un decreto que fija superficies, servicios, precios y controles para los apartamentos turísticos.

El Principado ha puesto en marcha la sustitución de la norma que regula los apartamentos turísticos en Asturias, un texto que sigue vigente desde 1986. La Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo ha abierto un periodo de información pública de 20 días hábiles para que particulares y entidades presenten alegaciones al proyecto de decreto, según la resolución publicada en el BOPA el 16 de septiembre y recogida por elDiario.es Asturias.
El Gobierno asturiano justifica el cambio en la transformación del sector y de su marco legal: la regulación actual es anterior a la Ley de Turismo del Principado y al sistema de declaración responsable que hoy rige el inicio de la actividad. El nuevo texto mantiene las cuatro categorías clásicas —de una a cuatro llaves— pero reescribe los requisitos de cada una.
Qué se considera apartamento turístico
El decreto define como apartamentos turísticos los bloques o conjuntos de al menos dos unidades de alojamiento, cada una con salón-comedor, uno o varios dormitorios, cocina y cuarto de baño, equipadas para ocuparse de inmediato y ofertadas empresarialmente a cambio de un precio. Se mantiene la distinción entre bloques y conjuntos, y todos los establecimientos deberán colocar en la entrada una placa con su categoría.
Para arrancar la actividad habrá que presentar por vía electrónica una declaración responsable con la referencia catastral, la capacidad máxima, el número de apartamentos, plazas y habitaciones, un teléfono de incidencias, la empresa de mantenimiento y la categoría solicitada. Además, las empresas deberán tener a disposición de la Administración la acreditación de la disponibilidad del inmueble, planos o proyecto técnico, seguro de responsabilidad civil, certificado energético y documentación fiscal y de Seguridad Social, con un plazo de 15 días hábiles para entregarla si se les reclama.
Controles y consecuencias del incumplimiento
La declaración permite empezar a funcionar, sin perjuicio de otras autorizaciones y de la normativa municipal. Después, Turismo podrá verificar los requisitos y pedir al ayuntamiento información sobre la legalidad urbanística, la capacidad máxima y el cumplimiento ambiental y municipal. Si aparecen falsedades u omisiones esenciales, la Administración podrá impedir la continuidad de la actividad y cancelar la inscripción, con periodos de entre seis meses y cuatro años sin poder reiniciar el trámite según la gravedad del caso.
Superficies, servicios y lencería según la categoría
La categoría condiciona los servicios. Los establecimientos de cuatro llaves tendrán que ofrecer recepción durante las 24 horas, climatización de frío y calor, wifi, lavadora o lavandería común, caja fuerte, lavavajillas y plancha, y no podrán usar literas. Los de tres llaves contarán con recepción 12 horas cuando tengan cinco o más unidades y wifi, salvo zonas sin cobertura.
En dimensiones, una habitación doble deberá medir como mínimo 14 metros cuadrados en cuatro llaves, 12 en tres y 10 en dos y una llave. Los estudios parten de 27, 24, 21 y 18 metros cuadrados, con capacidad ordinaria de dos plazas, y se admiten camas supletorias cuando se supere la superficie mínima, sin que las plazas supletorias superen a las fijas. El salón-comedor oscilará entre 10 y 16 metros cuadrados y los baños entre 4 y 2,5, según categoría. Las cocinas exigirán extracción de humos, horno o microondas con grill y frigorífico con congelador.
El precio deberá incluir recepción cuando corresponda, limpieza diaria, mantenimiento, recogida de basuras, agua fría y caliente, electricidad y combustible. El cambio de lencería será cada dos días en cuatro llaves, cada cuatro en tres, cada seis en dos y cada ocho en una llave, y siempre al cambiar de cliente.
Publicidad, entrada y salida
Las empresas no podrán cobrar más de lo publicitado y, si hay precios contradictorios, se aplicará el más bajo. Tanto los explotadores como los canales de comercialización tendrán que incluir en los anuncios el número de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas y la localización exacta del alojamiento. Salvo pacto distinto, la ocupación empezará a las 17.00 horas y terminará a las 12.00 horas del día siguiente al último reservado, con posibilidad de fijar en contrato una indemnización equivalente al triple del precio por los días excedidos.
Una vez aprobado, el decreto entrará en vigor 20 días después de su publicación y derogará la normativa de 1986. La regulación del alojamiento turístico viene generando debate en varios concejos: en la costa occidental, por ejemplo, Castrillón trabaja en una ordenanza sobre autocaravanas ante la presión estacional de visitantes.
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Elaborado a partir de información publicada por elDiario.es Asturias · Fuente primaria: documento original